
FASE adopta los más altos estándares profesionales y éticos, tal como se establece en este Código de Conducta. Todos los miembros deben comprometerse anualmente al cumplimiento de estos estándares como condición para mantener su afiliación.
Los miembros se comprometen a actuar de manera íntegra, lícita y ética en todas sus relaciones comerciales con las partes involucradas.
Los miembros se comprometen a colaborar plena y constantemente con FASE en la aplicación de este Código.
Los miembros cumplen todas las leyes y normativas aplicables en las jurisdicciones donde desarrollan su actividad comercial. En caso de que esta responsabilidad jurídica entre en conflicto con otra obligación de este Código, prevalece la responsabilidad jurídica.
Los miembros ponen en conocimiento del Comité de Conducta Empresarial de FASE las siguientes circunstancias:
• situaciones en las que un miembro incumple requisitos normativos;
• circunstancias que puedan dar lugar razonablemente a sanciones contra el miembro, su personal o sus administradores por parte de las autoridades supervisoras competentes.
Los miembros prestan toda colaboración razonable y lícita a las autoridades supervisoras, organismos profesionales y autoridades judiciales en el desempeño de sus funciones, ya sea respecto a ellos mismos, otro miembro o un tercero.
Los miembros cumplen siempre y puntualmente sus obligaciones financieras. Esto incluye, entre otros, el pago de deudas, primas adeudadas a aseguradoras, reembolsos adeudados a corredores y asegurados, y cantidades adeudadas a empleados.
Los miembros cumplen los requisitos de solvencia y análogos requisitos aplicables.
Los miembros compiten de manera leal y correcta en los mercados en los que operan. Esto conlleva, entre otros:
• no realizar declaraciones sobre otros miembros, competidores u otros operadores del mercado, en forma privada o pública, de cuya veracidad y pertinencia no estén sinceramente convencidos sobre la base de la mejor información razonablemente disponible;
• no suscribir acuerdos destinados a limitar la competencia en el mercado.
Los miembros de FASE se comportan de manera acorde con los privilegios derivados de la afiliación.
Los miembros no solo cumplen sus obligaciones legales en materia de discriminación, sino que adoptan en todas sus relaciones medidas razonables para evitar causar perjuicio a personas u organizaciones por motivos de raza, sexo, orientación sexual, transición de género, embarazo y maternidad, estado civil o de unión civil, religión o convicciones personales, edad o discapacidad.
Se alienta a los miembros a participar en actividades cívicas, benéficas y filantrópicas que contribuyan a la buena reputación del sector asegurador, su aportación al bien común y el bienestar de quienes trabajan en él.
Los miembros promueven la formación continua y actualización profesional del personal.
Los miembros actúan con lealtad e integridad cuando operan en nombre de aseguradoras. En particular, deben:
• aplicar fielmente las directrices de suscripción de las aseguradoras que representan;
• actuar según el principio de máxima buena fe y recopilar todos los datos necesarios para una correcta decisión de suscripción antes de que la aseguradora asuma el riesgo;
• mantenerse actualizados sobre las leyes y normativas en todas las jurisdicciones donde están autorizados a operar e informar a las aseguradoras sobre las implicaciones de tales normas para su relación.
Los miembros actúan con lealtad e integridad hacia corredores, agentes o asegurados (en caso de operación directa). Para ello, deben:
• considerar en todo momento la solidez financiera de las aseguradoras en las que el miembro coloca los riesgos;
• no proporcionar representaciones falsas o engañosas sobre la cobertura ofrecida, ni aplicar limitaciones o exclusiones que priven a la póliza de un beneficio efectivo para el asegurado.
Los miembros deben poder demostrar que han evaluado cuidadosamente las aseguradoras que representan como agentes de suscripción y en las que colocan los riesgos de sus clientes y corredores.
Una debida diligencia adecuada constituye un componente esencial del proceso que los miembros deben realizar respecto a las compañías aseguradoras que representan como garantía de las pólizas ofrecidas. El fallo de una aseguradora comporta un riesgo para los clientes cuando los siniestros no pueden ser liquidados.
FASE espera que los miembros de Agencias de Suscripción puedan demostrar haber realizado la debida diligencia adecuada sobre las aseguradoras que representan y ofrecen como garantía aseguradora.
Los miembros proporcionan indicaciones claras e inequívocas sobre la denominación y dirección de la aseguradora en toda la documentación pertinente destinada a corredores y asegurados. Se espera que los miembros eviten activamente que el asegurado pueda considerar que la Agencia de Suscripción es la aseguradora o que la identidad de la aseguradora esté de algún modo oculta. Es fundamental que los clientes puedan tomar una decisión informada sobre la colocación de su cobertura aseguradora.
Todas las notificaciones de posibles infracciones de este Código deben comunicarse a conduct@fasemga.com.